¿Qué es el particular damnificado?+
Es la figura que permite a la víctima intervenir en la causa penal: ofrecer prueba, controlar la investigación y recurrir, sin llegar a ser querellante pleno.
En La Plata, ¿me constituyo como querellante o como particular damnificado?+
En las causas del Departamento Judicial de La Plata, que tramitan bajo el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires, la figura que corresponde es la de particular damnificado. "Querellante" es la denominación de la justicia nacional y de la Ciudad de Buenos Aires. Si la causa es de competencia federal, sí corresponde constituirse como querellante.
El fiscal archivó mi causa, ¿puedo hacer algo?+
Sí, siempre que estés constituido en la causa. El particular damnificado puede recurrir el archivo o el sobreseimiento que considere infundado y pedir que se produzcan las medidas de prueba que no se realizaron. Sin esa constitución previa, la víctima queda sin herramientas para cuestionar la decisión.
¿Hasta cuándo puedo constituirme en la causa?+
Hay momentos procesales definidos para asumir el rol, y vencidos se complica seriamente. Llegar cuando la causa ya fue elevada a juicio implica haber perdido toda la etapa de investigación: las medidas de prueba que no se pidieron entonces muchas veces ya no pueden producirse. Conviene consultar apenas radicada la denuncia.
¿Qué derechos tengo como víctima de un delito?+
La Ley 27.372 reconoce, entre otros, el derecho a ser informada del estado de la causa, a ser escuchada antes de decisiones que suspendan o extingan la acción penal y antes de la liberación del imputado, a la protección de su integridad, al trato digno sin declaraciones reiteradas innecesarias, a la asistencia médica, psicológica y jurídica, y a la reparación del daño.
¿Qué diferencia hay con la querella?+
El querellante tiene facultades más amplias, incluida la de impulsar y acusar de forma autónoma. Evaluamos cuál conviene según el caso.
¿Puedo impulsar la causa aunque el fiscal no quiera avanzar?+
Sí. Justamente para eso sirve constituirse: para pedir medidas de prueba y recurrir los archivos o sobreseimientos infundados.
¿Puedo reclamar una indemnización?+
Sí. La reparación del daño puede reclamarse en sede penal o articularse con la acción civil. Lo analizamos en cada caso.
¿Atienden a víctimas en La Plata?+
Sí, ante todo el Departamento Judicial de La Plata y la Provincia de Buenos Aires.
¿La consulta es confidencial?+
Sí, totalmente. WhatsApp o 221 677-0005.