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Tribunales de La Plata — defensa en delitos contra la propiedad

Defensa penal · La Plata

DELITOS CONTRA
LA PROPIEDAD

Defensa en robo, hurto, estafas y usurpaciones, donde muchas causas se caen por un procedimiento mal hecho en su origen.

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Años de experiencia

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Guardia de urgencias

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Confidencialidad

La Plata

y toda la PBA

El terreno

El procedimiento, bajo la lupa

Los delitos contra la propiedad (arts. 162 a 185 del Código Penal) abarcan desde un hurto hasta un robo agravado o una estafa compleja, con escalas muy diferentes según la modalidad y los agravantes (uso de armas, banda, lugar poblado).

En la enorme mayoría de estas causas la prueba nace de una requisa, un secuestro o un reconocimiento. Si ese origen está viciado —sin orden, sin testigos, mal documentado— todo lo que se obtuvo después puede anularse.

No alcanza con que algo parezca cierto: tiene que haberse obtenido legalmente. Ahí trabaja la defensa.

Conductas que defendemos

Robo y robo agravado

Arts. 164 a 167. Discusión del uso de arma, la banda y las circunstancias agravantes.

Hurto

Art. 162. Diferenciación con el robo y análisis de la prueba de la sustracción.

Estafas y defraudaciones

Arts. 172 y 173. Discusión del ardid, el perjuicio y el dolo.

Usurpación

Art. 181. Conflictos posesorios con derivación penal; defensa y restitución.

Encubrimiento

Art. 277. Defensa de quien recibió o intervino sin conocer el origen.

Daños

Art. 183. Conductas contra bienes de terceros.

Cómo avanza la causa

El proceso, paso a paso

01

Procedimiento inicial

Detención, requisa o secuestro. Se controla la legalidad desde el primer acto.

02

Inicio de la IPP

La fiscalía (UFIJ) abre la investigación y reúne la prueba.

03

Reconocimientos y testimonios

Ruedas de reconocimiento y testigos: terreno fértil para nulidades.

04

Indagatoria

Declaración con el expediente estudiado y la estrategia definida.

05

Elevación a juicio

Planteo de nulidades, sobreseimientos y excepciones.

06

Juicio oral (TOC La Plata)

Debate ante el Tribunal Oral en lo Criminal del Departamento Judicial.

Jurisdicción

En el Departamento Judicial de La Plata

Actuamos ante las UFIJ, los Juzgados de Garantías, los Juzgados Correccionales y los TOC del Departamento Judicial de La Plata.

Intervenimos en La Plata, Berisso, Ensenada y el conurbano sur: City Bell, Gonnet, Tolosa, Villa Elisa, Los Hornos, San Carlos, Lisandro Olmos y Abasto.

Qué no hacer

  • No declares sin abogado. Una declaración apresurada puede consolidar la imputación.
  • No firmes actas que no leíste. El acta de secuestro o de requisa es prueba clave.
  • No contactes a la víctima ni a testigos. Puede agravar tu situación procesal.
  • No subestimes una causa 'menor'. Un hurto mal defendido puede terminar en condena y antecedentes.

Áreas relacionadas

Preguntas frecuentes

Lo que necesitás saber

¿Qué diferencia hay entre hurto y robo?+

El robo (art. 164) implica fuerza en las cosas o violencia en las personas; el hurto (art. 162) no. La distinción cambia la escala penal y es uno de los ejes de la defensa.

¿Puede anularse una requisa?+

Sí. Una requisa sin orden, sin motivos suficientes o sin testigos puede declararse nula, y con ella la prueba que produjo.

¿Una estafa siempre es delito penal?+

No todo incumplimiento es estafa. Se exige un ardid o engaño previo que cause el perjuicio. Muchas veces se trata de un conflicto civil disfrazado de penal.

¿Puedo recuperar la libertad durante el proceso?+

Sí, mediante excarcelación cuando no hay riesgos procesales. Ver también nuestra área de urgencias y excarcelaciones.

¿Atienden estas causas en La Plata?+

Sí, en todo el Departamento Judicial de La Plata y la Provincia de Buenos Aires.

¿Atienden urgencias?+

Sí, guardia 24hs los 365 días. WhatsApp o 221 677-0005.

Cada acto del proceso cuenta

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Consulta confidencial en La Plata y toda la Provincia de Buenos Aires.

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