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Tribunales de La Plata donde se tramitan las causas por delitos contra la integridad sexual

Defensa penal · La Plata

DELITOS SEXUALES
Y FALSAS DENUNCIAS

Defensa enérgica ante acusaciones por delitos contra la integridad sexual y desarticulación de denuncias fabricadas, donde una imputación infundada puede causar un daño irreparable.

+40

Años de experiencia

100%

Confidencialidad

24hs

Guardia de urgencias

La Plata

y toda la PBA

Defensa del imputado

Asistencia técnica integral en causas por abuso sexual, estupro y otros delitos contra la integridad sexual (arts. 119 a 133 del Código Penal). Control de cada medida de prueba, resguardo de la presunción de inocencia y una estrategia orientada a la verdad objetiva de los hechos.

Falsas denuncias

Defensa frente a acusaciones fabricadas, donde la reputación y la libertad están en juego desde el primer día. Implementamos una estrategia probatoria contundente para evidenciar las contradicciones y restaurar el buen nombre del afectado.

Nuestra estrategia

La prueba lo es todo

En estas causas casi no hay testigos directos: el caso se define en la prueba pericial, el relato y su coherencia. Ahí trabajamos.

  • Pericias psicológicas y de parteDesignación de peritos propios que controlen y refuten los informes oficiales.
  • Análisis de la Cámara GesellEstudio del registro audiovisual en busca de inducción, contradicciones o vicios.
  • Prueba digital y cronologíaReconstrucción de chats, geolocalización y testigos que sostienen la versión de la defensa.
  • Protección reputacionalManejo discreto de la causa para mitigar el daño paralelo a la imagen del afectado.

Escalas penales

Las penas según la figura

Los delitos contra la integridad sexual (arts. 119 a 133 del Código Penal) tienen escalas que dependen de la modalidad y de los agravantes. La calificación correcta —y su discusión— define el rumbo de la causa.

Abuso sexual simple

6 meses a 4 años

Art. 119, 1.º párr.

Gravemente ultrajante

4 a 10 años

Art. 119, 2.º párr.

Con acceso carnal

6 a 15 años

Art. 119, 3.º párr. Agravantes (4.º párr.) hasta 20 años.

Falsa denuncia

hasta 1 año / multa

Art. 245. Sin perjuicio de la acción civil por daños.

Información orientativa; la escala concreta depende de la calificación y los agravantes de cada caso.

Cómo avanza la causa

El proceso, paso a paso

01

Denuncia e inicio de la IPP

La fiscalía (UFIJ) abre la Investigación Penal Preparatoria y dispone las primeras medidas.

02

Medidas y notificación

Pueden dictarse restricciones o una detención. Asumir la defensa de inmediato es decisivo.

03

Declaración del imputado

Se declara con el expediente ya estudiado, nunca improvisando ante la policía o la fiscalía.

04

Cámara Gesell y pericias

La prueba clave: entrevista registrada y pericias psicológicas, controladas por peritos de parte.

05

Elevación a juicio

Se plantean sobreseimientos, nulidades y excepciones antes del debate.

06

Juicio oral (TOC La Plata)

Debate ante el Tribunal Oral en lo Criminal del Departamento Judicial de La Plata.

Jurisdicción

En el Departamento Judicial de La Plata

Estas causas tramitan en la justicia provincial. Actuamos ante las UFIJ (fiscalías) especializadas, los Juzgados de Garantías y los Tribunales Orales en lo Criminal (TOC) del Departamento Judicial de La Plata.

Intervenimos en La Plata, Berisso, Ensenada y todo el conurbano sur: City Bell, Gonnet, Tolosa, Villa Elisa, Los Hornos, San Carlos, Lisandro Olmos y Abasto.

Qué no hacer

  • No contactes al denunciante. Puede interpretarse como entorpecimiento o desobediencia y agravar tu situación.
  • No borres chats ni mensajes. Muchas veces son la prueba que sostiene la defensa.
  • No declares sin abogado. Ni en la comisaría ni en la fiscalía.
  • No subestimes la causa. Aun siendo inocente, una imputación mal defendida deja marcas irreparables.

Áreas relacionadas

Preguntas frecuentes

Lo que necesitás saber

Me denunciaron por abuso sexual y soy inocente, ¿qué hago?+

No declares ni intentes contactar al denunciante sin asesoramiento. Una denuncia por integridad sexual activa medidas inmediatas. La defensa se construye desde el inicio: preservar pruebas (chats, ubicaciones, testigos) y controlar cada acto procesal. Contactanos de inmediato.

¿Qué es una falsa denuncia y cómo se desarticula?+

Es una imputación fabricada o sin sustento real. Se desarticula con una estrategia probatoria contundente: pericias psicológicas, análisis de la Cámara Gesell, contradicciones en los relatos, prueba digital y testimonial que reconstruyen la verdad de los hechos.

¿Qué es la Cámara Gesell y por qué es clave?+

Es la entrevista a la presunta víctima en un ámbito especial, registrada audiovisualmente. Es prueba central: su correcta realización, la presencia de peritos de parte y el análisis de su contenido pueden ser determinantes para la defensa.

¿Qué penas prevén estos delitos?+

El abuso sexual simple (art. 119) prevé prisión de 6 meses a 4 años, agravándose sustancialmente en casos de acceso carnal o circunstancias calificantes, donde la escala puede llegar a 15 o 20 años. La calificación legal exacta define el rumbo de la causa.

¿Atienden estas causas en La Plata?+

Sí. Actuamos ante la Justicia provincial de La Plata y los Tribunales de toda la Provincia de Buenos Aires, tanto en la defensa del imputado como en la representación de la víctima (particular damnificado).

¿Atienden urgencias?+

Sí, guardia de urgencias 24hs los 365 días para detenciones y declaraciones. Escribinos por WhatsApp o llamanos al 221 677-0005.

¿Qué es la IPP y cuánto dura?+

La Investigación Penal Preparatoria es la etapa donde la fiscalía (UFIJ) reúne la prueba. Tiene plazos legales que pueden prorrogarse; durante esa etapa se define gran parte del caso, por eso conviene intervenir desde el inicio.

¿Puedo ir preso antes del juicio?+

En causas graves puede dictarse prisión preventiva. Es revisable: se puede solicitar la excarcelación o la morigeración demostrando que no hay riesgos procesales. La defensa temprana es decisiva.

Si la denuncia es falsa, ¿hay consecuencias para quien denuncia?+

Una denuncia fabricada puede configurar el delito de falsa denuncia (art. 245 CP) y habilitar acciones por daños. Lo primero, de todos modos, es desarticular la imputación con prueba sólida.

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