Llamada de Urgencia Disponible 24hs
221 677-0005
Inicio Sobre Nosotros Áreas Guías Contacto
Delitos sexuales 8 min de lectura

Cómo declarar en una causa por abuso sexual y qué esperar

Es uno de los procesos más delicados del fuero penal. Saber qué esperar, y cuáles son los derechos de cada parte, cambia cómo se transita.

Estudio Penal DGPA 1 de julio de 2026
Estatua de la Justicia — proceso penal por delitos contra la integridad sexual

Una causa por abuso sexual es de las más delicadas del sistema penal: por la gravedad de lo que se investiga, por el impacto sobre las personas involucradas y por la forma particular en que se produce la prueba. Tanto quien debe declarar como testigo o víctima, como quien enfrenta una imputación, suele llegar sin saber qué esperar.

Esta guía explica, con seriedad, cómo funciona el proceso penal por delitos contra la integridad sexual en la Provincia de Buenos Aires: las figuras del artículo 119 del Código Penal, cómo y dónde se declara, y qué derechos tienen las partes.

Las figuras del artículo 119 del Código Penal

El Código Penal distingue tres niveles según la conducta, con penas muy distintas:

Abuso sexual simple6 meses a 4 años
Gravemente ultrajante (por su duración o circunstancias)4 a 10 años
Con acceso carnal6 a 15 años

Existen agravantes que elevan la escala (por ejemplo, hasta 8 a 20 años) cuando hay grave daño, un vínculo de guarda o autoridad, participación de varias personas o uso de armas, entre otros supuestos.

Cómo se declara: la Cámara Gesell

Cuando declara una persona menor de edad (o en otros casos previstos), no se la interroga en una sala común. Se utiliza la Cámara Gesell: una sala con dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral, donde un profesional especializado conduce la entrevista mientras las partes observan desde el otro lado. El objetivo es evitar la revictimización y preservar la prueba, que suele ser central e irrepetible.

La declaración del imputado

Del otro lado del proceso, la persona imputada tiene garantías que no se pueden saltear (art. 308 del Código Procesal Penal de la Provincia):

  • No jura decir verdad y puede guardar silencio sin que eso implique culpabilidad.
  • La declaración se toma previa notificación al defensor, bajo sanción de nulidad.
  • Tiene derecho a asesorarse con su abogado antes de declarar y a conocer la imputación.

Ninguna declaración del imputado es válida si su defensor no fue notificado. El silencio es un derecho, no una admisión.

El rol de la prueba pericial

Por la naturaleza íntima de estos hechos, muchas veces no hay prueba documental. Por eso adquiere un peso decisivo la prueba pericial: pericias psicológicas, entrevistas de credibilidad y estudios médico-forenses. Interpretar y, en su caso, controlar o cuestionar esas pericias es una parte central del trabajo de la defensa y de la querella.

El circuito en La Plata

En el Departamento Judicial de La Plata intervienen una UFIJ especializada en delitos contra la integridad sexual, el Juzgado de Garantías (que controla la investigación y las medidas) y el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) para el juicio. Sea que necesites ejercer una defensa o impulsar la causa como querellante, contar con asesoramiento desde el inicio es determinante. Si hay una persona detenida, revisá también qué hacer en las primeras horas.

Esta guía tiene fines informativos y describe el marco general del derecho penal en Argentina y la Provincia de Buenos Aires. No sustituye el asesoramiento de un abogado: cada caso tiene particularidades que solo pueden evaluarse con el expediente a la vista. Contenido elaborado y revisado por el equipo del Estudio Penal DGPA.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

¿Estoy obligado a declarar si me imputan?+

No. Declarar es un derecho, no un deber. Podés guardar silencio y eso no implica culpabilidad (art. 308 del CPP de la Provincia).

¿Puedo declarar sin abogado?+

No. La declaración del imputado exige la notificación previa al defensor, bajo sanción de nulidad. Y tenés derecho a asesorarte antes de declarar.

¿Qué es la Cámara Gesell?+

Es una entrevista en una sala especial, conducida por un profesional, para que las personas menores de edad (u otros casos previstos) declaren sin ser revictimizadas.

¿Cuánta pena prevé el abuso sexual?+

Desde 6 meses (abuso simple) hasta 15 años (con acceso carnal), y aún más con agravantes. Depende de la figura del art. 119 que se impute.

¿Dónde tramita en La Plata?+

Ante una UFIJ especializada, el Juzgado de Garantías y el Tribunal Oral en lo Criminal del Departamento Judicial de La Plata.

Defensa y querella

¿Enfrentás una causa por un delito contra la integridad sexual?

Intervenimos con la seriedad que estos casos exigen, tanto en la defensa como en la representación de la víctima. Consulta confidencial en La Plata.

Seguir leyendo

Ver todas las guías →
Llamada de urgencia