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Me citaron a declarar en una causa penal: qué hacer

Llegó una cédula y no sabés en qué carácter te citan. Esa diferencia lo cambia todo: en un caso podés negarte a hablar, en el otro estás obligado.

Estudio Penal DGPA 6 de agosto de 2026
Tribunales de La Plata — citación a declarar en una causa penal

Una cédula pegada en la puerta suele generar más angustia que información. Dice poco, usa fórmulas que nadie entiende y casi nunca aclara lo único que importa: en qué carácter te están citando. Y de eso depende todo lo demás.

Esta guía explica cómo leer una citación, qué derechos tenés según seas imputado o testigo, qué pasa si no vas y qué conviene hacer antes de presentarte, en el fuero penal de La Plata.

Lo primero: imputado o testigo

Son dos situaciones opuestas y la diferencia no es un detalle formal:

  • Si te citan como imputado —en la Provincia de Buenos Aires, para la declaración prevista en el art. 308 del Código Procesal Penal— significa que hay una imputación en tu contra. Tenés derecho a negarte a declarar, y esa negativa no puede usarse en tu contra ni interpretarse como señal de culpabilidad.
  • Si te citan como testigo, en principio estás obligado a comparecer y a decir verdad. Pero también tenés derechos: podés abstenerte de declarar contra parientes cercanos, y nadie está obligado a declarar contra sí mismo.

Hay un matiz que conviene conocer: no es infrecuente que alguien sea citado como testigo y, durante la declaración, la situación derive hacia una imputación. Si en algún momento las preguntas empiezan a apuntar a tu propia conducta, tenés derecho a no seguir respondiendo y a contar con defensa técnica.

Qué mirar en la cédula

Antes de hacer cualquier otra cosa, sacale una foto y guardá estos datos:

  • El número de IPP o de causa.
  • El organismo que cita: UFIJ, juzgado, comisaría, ayudantía fiscal.
  • La fecha y hora de la audiencia, y la fecha en que te notificaron.
  • El carácter en que se te cita, si está indicado.
  • El delito o los artículos mencionados, si aparecen.

Con ese número, un abogado puede compulsar el expediente y saber de qué se trata la causa antes de que vos digas una sola palabra. Ese es, en la enorme mayoría de los casos, el paso que más cambia el resultado.

Nunca conviene declarar sin haber leído el expediente. No es desconfianza: es que sin saber qué prueba hay, cualquier explicación puede empeorar tu situación.

"Voy y aclaro todo": por qué casi nunca funciona

Es la reacción más común y la más comprensible. La persona está segura de que no hizo nada, quiere terminar rápido con el problema y supone que explicando se despeja el malentendido.

El problema es que una declaración se presta sin saber qué dice el resto del expediente. Sin conocer qué declararon otros, qué se secuestró o qué muestran las cámaras, es fácil dar una versión que después choca con la prueba en un detalle menor —una hora, un recorrido, con quién estabas— y esa contradicción, aunque sea inocente, se lee como mentira y consolida la imputación.

Declarar puede ser una excelente estrategia. Pero es una decisión que se toma después de estudiar la causa, no antes.

Qué pasa si no voy

Depende del carácter de la citación:

  • Como testigo, la incomparecencia injustificada puede derivar en que se ordene tu comparecencia por la fuerza pública, y eventualmente en consecuencias penales.
  • Como imputado, no presentarte a la citación puede tener consecuencias procesales serias, incluida la declaración de rebeldía y la orden de detención. No presentarse no es lo mismo que ejercer el derecho a no declarar: al acto hay que ir, y allí ejercer ese derecho.

Esa distinción es clave y se malinterpreta seguido. El derecho a guardar silencio se ejerce en la audiencia; no habilita a ignorarla.

Qué hacer hoy

  • No firmes nada que no hayas leído, ni en la comisaría ni en la fiscalía.
  • No borres mensajes, fotos ni registros: además de no ayudarte, puede agravar tu situación.
  • No contactes a la presunta víctima ni a los testigos, aunque sea para aclarar. Puede leerse como entorpecimiento de la investigación.
  • Consultá antes de la fecha, no el mismo día. Compulsar el expediente y preparar la estrategia lleva tiempo.

El circuito en La Plata

En el Departamento Judicial de La Plata las citaciones suelen provenir de una UFIJ, del Juzgado de Garantías o de una comisaría que actúa por delegación fiscal. Con el número de IPP se identifica la fiscalía interviniente y se pide vista del expediente. En Berisso y Ensenada, además, funcionan ayudantías fiscales descentralizadas donde parte del trámite puede hacerse localmente.

Si además hay una persona detenida, ver qué hacer en las primeras horas. Si el origen de la causa fue un allanamiento, ver tus derechos ante un allanamiento.

Esta guía tiene fines informativos y describe el marco general del derecho penal en Argentina y la Provincia de Buenos Aires. No sustituye el asesoramiento de un abogado: cada caso tiene particularidades que solo pueden evaluarse con el expediente a la vista. Contenido elaborado y revisado por el equipo del Estudio Penal DGPA.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

Me citaron a declarar, ¿estoy imputado?+

No necesariamente. Podés estar citado como testigo o como imputado, y son situaciones opuestas. La cédula no siempre lo aclara: con el número de IPP se puede compulsar el expediente y saberlo antes de presentarse.

¿Puedo negarme a declarar?+

Si te citan como imputado, sí: tenés derecho a negarte a declarar y esa negativa no puede usarse en tu contra. Como testigo, en principio estás obligado a comparecer y decir verdad, aunque podés abstenerte respecto de parientes cercanos y nunca estás obligado a declarar contra vos mismo.

¿Qué pasa si no me presento a la citación?+

Como testigo, puede ordenarse tu comparecencia por la fuerza pública. Como imputado, no presentarte puede derivar en declaración de rebeldía y orden de detención. El derecho a guardar silencio se ejerce en la audiencia: al acto hay que ir.

¿Puedo ir a declarar sin abogado?+

Podés, pero es la peor decisión posible. Sin haber leído el expediente no sabés qué prueba existe, y una explicación que contradiga un detalle menor consolida la imputación en lugar de despejarla.

¿Cuánto tiempo tengo antes de la audiencia?+

Depende de cada citación, pero conviene consultar apenas la recibís y no el mismo día de la fecha fijada: compulsar el expediente y preparar la estrategia lleva tiempo. Si el plazo es muy corto, puede pedirse su postergación.

¿Qué información necesita el abogado?+

El número de IPP o de causa, el organismo que cita, la fecha de la audiencia y la de notificación, y el carácter en que se te cita. Una foto de la cédula suele alcanzar.

Antes de la audiencia

No vayas a declarar sin saber qué dice el expediente

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